|
Comercio
electrónico
Por:
Adriana Cabañas Hoyuela.
No resulta
sencillo ofrecer una definición de lo que deba entenderse
por comercio electrónico; no se trata de un concepto unitario,
ya que a la diversidad de formas que adopta se une la apropiación
que del mismo tratan de hacer las empresas. Baste decir, como primera
aproximación, que el comercio electrónico constituye
para la empresa una nueva forma de relacionarse con proveedores,
socios, competidores y clientes, eliminando las barreras físicas
mediante la utilización de medios y redes telemáticas
(1) . Se hace hincapié en el medio por el que se realizan
las transacciones -las redes informáticas-, que es el factor
novedoso; son las redes las que permiten el intercambio rápido
de información entre partes que se encuentran a grandes distancias
y que no se conocen previamente. Dentro del concepto objeto de análisis
caben transacciones a distintos niveles, tanto la relación
de la empresa con sus proveedores, asociados y clientes corporativos
(business to business), como con los consumidores finales (business
to consumer) y las Administraciones Públicas (business to
administrations). Asimismo, quedan englobados todos los grados de
integración del negocio en las redes, desde una primera fase
en que la empresa sólo introduce en las redes información
comercial hasta una fase final, en la que toda la transacción
(incluso el pago) se realiza on-line.
Con el desarrollo
de las nuevas técnicas de comunicación, surgen importantes
oportunidades para empresas y consumidores. El comercio electrónico
facilita la desintermediación tanto en operaciones tradicionales
(donde una o varias fases se realizan off-line), como en las transacciones
enteramente on-line, haciendo posibles importantes reducciones en
costes. Sin embargo, donde surge una oportunidad suele ir aparejada
una amenaza; a las ventajas del nuevo modelo comercial se contraponen
las facilidades para el fraude (basado en el anonimato que proporciona
la red), la falta de transparencia en el mercado (por el desconocimiento
por parte del consumidor de los medios técnicos empleados),
las agresiones a la intimidad de las personas, las evasiones de
impuestos, los contenidos ilícitos, etc.
El auge de las
nuevas tecnologías, su rápido crecimiento e implantación
y su extensión entre grupos cada vez mayores de particulares
y profesionales, brindan a las administraciones públicas
oportunidades de control de las operaciones gravadas y del cumplimiento
de sus obligaciones tributarias por parte de los sujetos pasivos
de los impuestos. Sin embargo, los mismos medios técnicos
que posibilitan el control facilitan el fraude tributario a quienes
los emplean con este fin. A los ya existentes Paraísos Fiscales,
se unen los nuevos Paraísos Informáticos, posibilitando
el fraude a escala mundial.
La dimensión
internacional, consubstancial al comercio electrónico, dificulta
la gestión de los tributos por parte de las administraciones
y puede llegar a desincentivar las iniciativas de comercio electrónico
transnacional. El empresario se enfrenta al problema de cumplir
con sus obligaciones tributarias en jurisdicciones muy diversas
a aquella en la que se encuentra establecido, lo que encarece sus
costes en asesoría jurídica y gestión administrativa,
además de la incertidumbre que, por su propia naturaleza,
el comercio internacional genera (sobre todo en las pymes).
Realmente y
lo hemos mencionado infinidad de veces, Internet es un riesgo constante
pero con sus debidas precauciones vale la pena arriesgarse por todo
lo que nos ofrece a cambio.
|